La Presidencia de la República vaca por:
Muerte del Presidente de la República.
Su permanente incapacidad moral o física, declarada por el Congreso.
Aceptación de su renuncia por el Congreso.
Salir del territorio nacional sin permiso del Congreso o no regresar a él dentro del plazo fijado. Y
Destitución, tras haber sido sancionado por alguna de las infracciones mencionadas en el artículo 117o de la Constitución.