Constitución Política del Perú

Título I. De la persona y de la sociedad

Capítulo II. De los derechos sociales y económicos

Artículo 9.-

El Estado determina la política nacional de salud. El Poder Ejecutivo norma y supervisa su aplicación. Es responsable de diseñarla y conducirla en forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el acceso equitativo a los servicios de salud.


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